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Un reciente Decreto-Ley, publicado el pasado 5 de febrero en el Boletín Oficial del Estado, ha modificado el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público, del que se elimina un párrafo correspondiente a los contratos menores. Este cambio normativo ha generado ciertas dudas entre los propios juristas e incluso se ha especulado con que la nueva redacción favorece las prácticas corruptas y obstaculiza la lucha contra la corrupción. ¿Qué hay de cierto en todo esto? ¿Por qué se ha cambiado la normativa? ¿Cuáles son sus principales consecuencias?

Nuestro socio responsable del departamento de Derecho Público, José Ignacio Juárez, ofrece su opinión en Newtral y analiza si, como dicen, la modificación legislativa hará más fácil la corrupción. “¿Por qué no se pueden adjudicar varios contratos a una misma empresa si a lo mejor es la única que hay o la que mejor puede hacerlo?”, reflexiona José Ignacio en la publicación.

Fuente: Santiago Mediano Abogados

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