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Siguiendo el ejemplo del llamado “Decreto Photoshop” francés, el pasado 17 de mayo el Congreso de los Diputados aprobó una Propuesta no de Ley para combatir los llamados trastornos de la conducta alimentaria. Lo cierto es que como apunta la Propuesta no de ley aprobada por el Congreso, estamos ante un serio problema para los sectores más jóvenes de la población, motivo por el que insta al Gobierno para que adopte un paquete de medidas destinadas a luchar de forma efectiva contra la anorexia y la bulimia, trastornos que afectan a uno de cada diez adolescentes en nuestro país.

La Propuesta sigue muy de cerca la normativa adoptada por el legislador francés, donde el retoque de imágenes no identificado como tal puede ser sancionado con multas de hasta 37.500 El país vecino también exige que las modelos deban contar con un certificado médico que evalúe su estado de salud general. Y no estamos ante una mera declaración de intenciones. De hecho, las sanciones para las agencias y pasarelas que incumplan con este requisito pueden alcanzar los 75.000 EUR.

Siguiendo la línea marcada por Francia, la Propuesta no de Ley aprobada por el Congreso de los Diputados con ligeras modificaciones desde su publicación en 2016, insta al Gobierno a implementar las siguientes medidas legales:

  1. Identificar las fotografías que hayan sido retocadas digitalmente.
  2. En caso de publicidad de productos o técnicas de belleza, incluir de forma visible la edad de la o el modelo que los publicita;
  3. Implantar las medidas necesarias a fin de que toda publicidad relativa a productos, complementos y técnicas de belleza deban cumplir con unos criterios estándar de veracidad, legalidad, honestidad y lealtad con los consumidores y usuarios pasando unos filtros adecuados previos a su publicación, ya sea en medios escritos, radiofónicos o visuales, sobre todo en los medios de comunicación de titularidad pública;
  4. Clausurar todas aquellas páginas webs ‟pro-anorexia” o ‟por-bulimia” e imponer sanciones penales a aquellas personas que fomenten este tipo de trastornos. En Italia, este tipo de conductas pueden acarrear penas de hasta dos años de cárcel y multas de entre 10.000 y 100.000 Euros;
  5. Prohibir la actividad de modelo a toda persona que tenga un Índice de Masa Corporal inferior a lo científicamente estimado como ‟saludable” e imponer multas para las agencias que lo incumplan;
  6. Introducir en la Estrategia de Salud Mental, en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística y las administraciones competentes en materia de Salud, estudios anuales sobre la incidencia, prevalencia y evolución de los Trastornos de la Conducta Alimentaria en España; y
  7. Llevar a cabo campañas institucionales desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como implicar a las diferentes consejerías de salud en las mismas, a fin de concienciar sobre los riesgos de los Trastornos de la Conducta Alimentaria.

Aunque a nivel autonómico tanto en Madrid como en Cataluña ha habido intentos normativos en este ámbito, lo cierto es que a día de hoy, España no cuenta con normativa específica para la lucha contra la anorexia y la bulimia en los medios de comunicación. Tras la aprobación de esta Propuesta no de Ley, la industria de la moda debe estar preparada para responder a la posible implementación de una normativa que afecta de lleno a la forma de publicitar sus productos tanto en los medios de comunicación como a través de la pasarela. Llega el momento de repensar los valores e ideales que la industria quiere transmitir a sus clientes.

Cristina MesaEva Golmayo

Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Garrigues


Fuente: Garrigues Abogados

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