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La OEPM ha denegado la inscripción de la marca “TOP MANTA” por incurrir en cuatro prohibiciones absolutas, entre las que se ha señalado atentar contra el orden público y las buenas costumbres. La denominación “TOP MANTA”, según expresa la OEPM en su Resolución, hace referencia “a un sistema de venta callejero, principalmente de productos de imitación o falsificación, en gran medida de artículos que coinciden con los productos a los que se pretende aplicar.”

La resolución pone fin a la vía administrativa que se inició en julio de 2017. El Sindicato Popular de Vendedores Ambulantes de Barcelona solicitó el registro nacional de la marca “TOP MANTA” para comercializar su propia línea de moda. La idea de este colectivo fue sencilla; utilizar una marca con el fin de evitar el delito de propiedad industrial por utilización de material falsificado. Resulta más que chocante que se desee eludir la Ley a través de una marca que representa la comercialización ilícita en sí. Aun así, este hecho no ha detenido a dicho Sindicato de manteros, ya que desde hace varios meses, comenzaron a estampar la marca en camisetas y zapatillas falsificadas.

Sindicato Popular de Vendedores Ambulantes de Barcelona.

La solicitud de esta polémica marca, no pasó desapercibida para los grandes perjudicados por este tráfico ilegal, que han visto el intento de registro como la persistencia de sus continuas pérdidas. Es por ello, que la Oficina ha tenido en cuenta la oposición presentada por titulares de marcas de ropa y calzado y las observaciones de la Asociación para la Defensa de la Marca (ANDEMA).

La resolución de la OEPM podría recurrirse en vía judicial por lo que queda en las manos del Sindicato seguir intentando registrar su marca, aunque no parece probable ya que no defendieron la registrabilidad de su marca cuando fue suspendida en un primer examen ante la Oficina y se les dio trámite para la defensa de la misma.