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Se publica hoy 30 de abril el Real Decreto 306/2019, de 26 de abril, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, aprobado por Real Decreto 687/2002, de 12 de julio.

Este reglamento viene a cerrar la adecuación del marco legal de marcas en España a lo dispuesto en la Directiva 2015/2436 de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas.

El Real Decreto hoy publicado modifica 25 artículos del Reglamento vigente, crea un artículo adicional y un nuevo título con seis artículos en el cual se regula el procedimiento administrativo de nulidad y caducidad a que obliga la citada Directiva. Si bien el procedimiento administrativo citado no estará vigente hasta el 14 de enero de 2023, este procedimiento y su funcionamiento constituye una de las grandes incógnitas de la modificación legislativa, ya que se trata de un aspecto absolutamente nuevo para la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

Sin embargo, sí será operativa la obligación de acreditar el uso en los procedimientos de oposición si han transcurrido más de cinco años desde la publicación de la concesión de la marca oponente.

El texto completo del Real Decreto puede consultarse en: Boletín Oficial del Estado, martes 30 de abril de 2019

Las modificaciones afectan a 25 artículos, se crea un artículo adicional y un nuevo título con seis artículos que regulan el procedimiento administrativo de nulidad.