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Como en años anteriores, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, con fecha del 1 de abril, la resolución de dicha convocatoria.

El propósito de esta convocatoria es promover la globalización de las innovaciones españolas mediante la tramitación de patentes y modelos de utilidad, cubriendo una parte de los costes asociados a las tasas pagadas por los solicitantes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 2 de abril y finaliza el 2 de mayo de 2025.

La convocatoria consta de dos programas:

a) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: consiste en subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras.

b) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas: estas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

Los beneficiarios de estas ayudas se deberán encontrar dentro de los parámetros establecidos en los siguientes grupos:

1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:

a) Que sea una persona física.

b) Que sea considerado PYME.

c) Que sea una gran empresa privada.

d) Que sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante la solicitud de patente y/o modelo de utilidad en el extranjero de acuerdo con los requisitos expresados en la presente convocatoria.

2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:

a) Que sea una persona física.

b) Que sea considerado PYME.

El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante alguna de las actividades contenidas en la convocatoria.

Para esta convocatoria, se ha establecido una cuantía de 5.000.000 € para el programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior; y de 300.000 € para el programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles.

Por último, cabe indicar que las actividades subvencionables, serán las correspondientes a los siguientes periodos:

  • Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: son subvencionables las actividades indicadas en la convocatoria cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: son subvencionables las actividades indicadas en la convocatoria que hayan sido publicado en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» durante los años 2022, 2023 y 2024.

Desde AB ASESORES estaremos encantados de resolver cualquier duda que les pudiera surgir respecto a este asunto, además de ofrecerles una asistencia completa en el proceso de solicitud de las mencionadas ayudas. Pueden comunicarse con nosotros a través de nuestro número de teléfono 902195616 que gustosamente atenderemos todas sus necesidades.

Fuente: AB ASESORES

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