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El sentido del olfato, el de menos retentiva momentánea de los cinco del ser humano, pero a la vez el que más nos hace recordar momentos de nuestro pasado, ha salido de nuevo a la palestra de nuestros Tribunales.

Dos empresas del sector de la perfumería, en su versión marca blanca, Saphir y Equivalenza, las dos joyas de la corona del sector perfumero nacional en términos de crecimiento empresarial en los últimos años, y en especial la segunda, acaban de sufrir un duro revés al ser condenadas por infracción de marca y competencia desleal por publicidad ilícita, debiendo abonar un montante de 100.000 € de indemnización y, a la retirada de la política de publicidad utilizada hasta la fecha para atraer a sus clientes.
Si bien, la primera de las medidas podría ser considerada incluso ridícula para el volumen que se mueve en el sector, la segunda de las mismas ataca de pleno a la línea de flotación de su actividad comercial.
Efectivamente, estas empresas van a tener que dejar de usar para las ventas el sistema de tablas de equivalencia, por el que sus productos son ofrecidos al mercado en referencia a otros de gran prestigio para casi todas las capas sociales, pero al alcance sólo de unos pocos por el elevado precio de los perfumes de las grandes marcas, que a su vez se sirven de actrices o modelos a los que pagan altísimos emolumentos publicitarios, tratando de vender glamour y exclusividad.
Estos objetivos perseguidos escrupulosamente se pierden de lleno con este sistema de equivalencia low cost, que permite en tiempos de crisis hacer accesible al ciudadano medio un producto que se destacaba hasta hace poco por la referida exclusividad.
Las posturas encontradas son las de siempre, si bien extrapolada a un nuevo sector. ¿Cuántas veces hemos escuchado eso de que compramos las películas en los mercadillos porque son muy caras en El Corte Inglés? Como si el precio de un producto no necesario, justificara violar derechos de creadores de obra.
No olvidemos que los maestros perfumeros son profesionales cotizadísimos hasta el punto de ser considerados verdaderos artistas creadores y sus obras han de ser protegidas como las de cualquier otro autor. ¿Quién no ha visto la película El Perfume y después de verla no ha concluido en que el protagonista no era sino un artista como lo fueron Miguel Ángel o Bach?.
Los perfumistas o creadores de perfumes conocen 300, 400 e incluso hasta 2.000 aromas diferentes. Su olfato, no es diferente del de cualquier otro ser humano. Pero el de ellos está “entrenado”. España es una potencia en el consumo y en la creación de fragancias. Los mejores “narices”, como les llaman en el gremio, se encuentran en nuestro país y los cotizadísimos maestros perfumeros españoles son los más preciados en el mundo.
Pues bien y resumiendo, la utilización de cualquier referencia a un parecido o similitud de un perfume de prestigio utilizado por la competencia de una manera explícita: “ huele como…”, “recuerda a…”, o implícita, como este sistema de tablas de las equivalencias, se ha considerado por nuestros Tribunales una infracción ilícita de las normativas tanto de marcas como de publicidad.
Sobre dicha base nos preguntamos ¿si dejando claro que el producto lleva su propio nombre y por lo tanto, no hay error en el consumidor sobre orígenes empresariales, pagando aquél además conscientemente mucho menos que cuando compra el original, han sabido nuestros Tribunales tener un fino “olfato” jurídico?.
La respuesta debería ser afirmativa, al menos para todos los que de una u otra manera vivimos de las marcas. En caso contrario…

Cristina Jiménez Díaz