En la actualidad, teniendo la facilidad de acceso a las nuevas redes de comunicación (Internet), resulta cada vez más sencillo que el propio solicitante se tramite directamente la protección de su imagen, mediante una marca.
No obstante, y aunque en algunas ocasiones pueda salir bien, incluso concediéndose la marca, son muchos los casos en los que el registro acaba siendo ineficaz o escasamente efectivo a la hora de tener que utilizarlo frente terceros infractores.
En cierto sentido, se podría comparar el registro de una marca con un seguro. Es decir, en ocasiones, contratamos el más económico sin verificar las coberturas que nos ofrece y posteriormente cuando tenemos que hacer uso, caemos en la cuenta de que la póliza no cubre lo que pensábamos inicialmente.
Este aspecto se agrava si tenemos en cuenta que un registro de marca puede ser renovado indefinidamente y como mínimo se concede para 10 años. Actualmente ya disponemos de registros que están muy cerca de cumplir su primer siglo de vida y como sabemos, no es posible realizar ninguna modificación una vez ha sido publicada.
Posteriormente, una vez concedida, tan solo será necesario realizar las correspondientes renovaciones (cada 10 años) en las que tampoco está permitido efectuar cambios.
Siendo así, es importante que cada registro se ajuste a nuestras necesidades e incluya los diferentes elementos que componen un determinado logotipo tal y como estén siendo utilizados.
Tan recomendable resulta evitar incluir elementos que puedan considerarse genéricos y, por tanto, difícilmente monopolizables, como no dejar de incluir otros suficientemente distintivos que puedan quedar sin protección.
De igual forma, es necesario que en este registro se incluyan todos los productos/servicios para los que estemos utilizando la marca e incluso, para los que tengamos previsto su uso más adelante.
Incluso previamente a la investigación una agencia puede servirnos de gran ayuda a la hora de elegir un signo distintivo, evitando las denominaciones genéricas y difícilmente monopolizables y recomendando marcas que puedan resultar más eficaces desde el punto de vista registral.
Al margen de ello, nos recomendara la conveniencia de elegir el tipo de marca a registrar en función de cada caso; denominativa, grafica, mixta o tridimensional.
Una buena investigación previa es fundamental para decidirnos por una denominación que pueda resultar viable.
En ocasiones, es preferible descartar de inicio una denominación que, a pesar de gustarnos comercialmente, pueda representar una fuente de problemas y gastos adicionales por muy interesados que podamos estar en ella.
No debemos olvidar que la mayoría de estos obstáculos surgirán meses después de haber iniciado su tramitación y cualquier cambio posterior que se deba efectuar por incompatibilidad con marcas anteriores de terceros, puede suponer importantes inconvenientes (cambios en catálogos, etiquetados, packaging, comunicaciones a clientes…)
Una vez decidida la denominación a solicitar, los resultados de la investigación nos servirán sin duda para realizar un planteamiento lo más adecuado posible orientado a evitar incidencias y en el caso de surgir, poder defendernos con las mayores expectativas de éxito.
Por lo que respecta a su ámbito de protección, en ocasiones, una vez detectados los potenciales inconvenientes, puede resultar más eficaz presentar la solicitud en la Unión Europea que en la Oficina española de Patentes y Marcas. Por ejemplo, en el caso de que los probables registros incompatibles hayan sido solicitados directamente sin utilizar una Agencia que pueda localizarlos, evitando de esta forma posibles oposiciones.
Por otra parte, también nos permitirá adaptar la solicitud de tal forma que nos diferencie suficientemente de los registros similares, incluyendo o no otros elementos gráficos o denominativos.
De igual forma, podremos ajustar los productos/servicios solicitados excluyendo los que puedan resultar más próximos o similares a los de otras marcas que pudieran ser incompatibles. Incluso renunciar a determinadas clases, buscando otras alternativas que tengan mayores posibilidades.
Por el contrario, en el caso de no detectar ningún registro similar, nos permitirá poder plantear la marca de la forma más sencilla posible, aumentando por tanto su efectividad frente futuras solicitudes/usos de marcas similares.
En primer lugar, es importante resaltar que gran cantidad de las solicitudes presentadas directamente adolecen de defectos formales mientras que con una agencia este problema resulta prácticamente inexistente.
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