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Desde este atril, quiero hacer una firme defensa de lo que parece la hermana pequeña de las figuras de la propiedad industrial, cual es la protección de las variedades vegetales. Y digo hermana pequeña porque parece, en principio, la menos usada, pero ¿sabían que el 25% de toda nuestra inversión en I + D se destina al avance en nuevos escalones inventivos relacionados con la obtención de nuevas variedades vegetales?, porcentaje por encima, incluso, de otros sectores que pudieran parecer más “tecnológicos” como el farmacéutico.


Efectivamente, las predicciones maltusianas que concluían en la imposibilidad del crecimiento numérico de la especie humana, ante la limitación espacial de las zonas de siembra en nuestro planeta, ha quedado absolutamente superada en la medida en que los últimos 50 años, el ser humano se las ha ingeniado para avanzar enormemente en la obtención de nuevos productos vegetales que provienen de material de protección o reproducción, capaces de superar cambios climáticos o problemas como la desestacionalidad, pudiendo el consumidor final disponer en supermercados de productos alimenticios que nos vienen de la tierra, en prácticamente todas las épocas del año.

Pero ello no es barato. Está más que demostrado que para obtener una nueva variedad vegetal de garantías de reinversión y de una nueva comercialización que supla los costes en investigación y desarrollo, se necesita entre un millón y dos millones y medio de euros, y un estudio medio aproximado de desarrollo del producto de unos 10 años. Y esas cifras numéricas y temporales se van incrementando, año tras año, a pesar de los avances genéticos de nuestros científicos y resto de profesionales en el sector agroalimentario.


Para todo ello se antoja absolutamente fundamental, como decimos, que esa investigación se vea correspondida por un sólido sistema de protección de derechos de exclusiva en favor del obtener de las nuevas variedades vegetales que  redunde en una recuperación de la inversión. Los estudios nos demuestran, sin tener    que irnos muy lejos, que dentro de la Unión Europea sólo 7 países cuentan con una normativa un poder coercitivo suficiente, garante de los derechos objeto del presente artículo.


Pero detengámonos en el que parece el problema más relevante a la hora de defender los mismos: es la llamada “propiedad horizontal” de los nuevos derechos sobre investigación varietal. Y es que cuanto más investigaciones, más difícil resulta dar con una nueva variedad vegetal, hasta el punto de que en ocasiones son los examinadores de la Oficina Española de Variedades Vegetales los que acuden a los obtentores preguntando en qué consiste  el avance varietal, es decir, que lo hace diferente respecto de ya existente en el mercado. Cada vez, la distancia es menor entre aquéllos y los nuevos productos, y eso nos hace concluir en que en muchas ocasiones no merece la pena la inversión en estudio e investigación cuando con una mínima modificación en una variedad ya protegida, se “protege” a su vez una nueva variedad que prácticamente inutiliza el derecho de exclusividad de la anterior.


Hace 10.000 años que el hombre se convirtió en agricultor, pero sólo desde 1980 hemos conseguido duplicar la producción mundial de cereales, gracias a la mejora genética. Tomando en consideración que seremos 20 mil millones de seres humanos en el mundo en 2050, parece por lo expuesto, que estamos en condiciones de autoabastecernos.


El problema para acabar con el hambre no es pues éste, gracias a la  ciencia por supuesto, sino y como desde hace siglos, la mala distribución de riqueza en el mundo. Pero éste no es ya un problema jurídico o técnico, sino que tiene que ver más bien con la ética y la solidaridad, o me equivoco?

Rafael Jiménez Díaz